v Marco Teórico
Durante
años las relaciones laborales se desarrollaron sin ninguna intervención por
parte de gobierno alguno, es decir se regían únicamente por el hecho de ponerse
de acuerdo entre patrón y trabajador, sin embargo en dichas relaciones siempre
se presentaban excesos por lo que paulatinamente las instituciones
gubernamentales se involucraron cada vez más en ese ámbito
Para 1919, año en que se funda la Organización
Internacional del Trabajo, la cual promovía mejores condiciones y ambiente de
trabajo, en México, con la Promulgación de la Constitución de 1917, esos
derechos se encontraban garantizados pues dicha Constitución, en su artículo
123 Párrafo XV, se menciona que el patrón deberá respetar las condiciones que
dicten las autoridades competentes sobre higiene y seguridad en las áreas de trabajo, así mismo,
deberá considerar las medidas necesarias para prevenir la ocurrencia de
accidentes en las mismas instalaciones. De la misma manera a nivel
internacional, la Organización Internacional del Trabajo, también brinda un
marco referencial pues promueve, en sus países miembros, la observación de convenios y acuerdos internacionales, como el
Convenio de 1981 sobre seguridad y salud de los trabajadores, en el que se
promueve la revisión periódica de la política nacional, además de la
participación en ella tanto de trabajadores como de patrones, además de las
organizaciones involucradas que dictaminen y propongan leyes sobre la materia
de seguridad y salud en el trabajo.
En
este mismo sentido, se emite la
Recomendación sobre seguridad y salud de los trabajadores emitida en el mismo
año así como el Protocolo de 2002 que se refiere al convenio anteriormente citado,
con los cuales se orientan los sistemas
nacionales sobre seguridad y salud en el trabajo, es en este marco referencial
que se emite en nuestro país la primera Ley Federal del Trabajo que entra en
vigor el 18 de agosto de 1931. Cabe señalar que además, en nuestro país las
instancias pertinentes en materia de salud laboral de la Secretaría de Trabajo
y Previsión Social, cuenta con otras instancias gubernamentales en materia de
salud como la Secretaría de Salubridad y asistencia o Secretaría de Salud, así
como la Ley General de Salud con las cuales se coordina para la expedición de
normas oficiales en la materia, de esta manera, las dependencias involucradas
emiten propuestas que son sometidas a consideración en la cámara de diputados y
senadores para formular leyes y normas, las cuales son puestas en ejecución por los mismos
organismos, tal es el caso de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de
Seguridad y Salud en el Trabajo cuya vigilancia corre a cargo de la Secretaría
de Trabajo y Previsión Social.
Toda
actividad del ser humano que realice en colectividad, requiere ser organizada y
supervisada para que se desarrolle en los mejores términos y condiciones, en
nuestro país existen dos tipos de normas, las cuales sirven para orientar las
prácticas productivas de las empresas, unas de ellas son de un carácter
obligatorio, pues la violación de ellas implica una sanción, éstas son las
Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s), otras son de carácter voluntario y se
conocen por Normas Mexicanas (NMX), aunque de alguna forma se convierten en
obligatorias en el ámbito comercial. De esta manera, las Normas Oficiales
Mexicanas se refieren a aquellas condiciones que, de manera legal y obligatoria
deben estar presentes en cualquier centro laboral.
Existen
una diversidad de normas, pero en este caso se abordan las emitidas al rango de
ley por el H. Congreso de la Unión en materia de seguridad e higiene en los
centros de trabajo, su cumplimiento es vigilado, en este caso, por la
Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Una Norma Oficial Mexicana consiste
en una guía de condiciones físicas que deben estar presentes en los mencionados
centros de trabajo y funciona como una orientación para el diseño y mejora de
los centros, pues tiene la finalidad de promover el trabajo en lugares seguros
e higiénicos con los cuales resultan beneficiados tanto el trabajador como la
empresa.
Por
otra parte, para la Organización Mundial de la Salud, citada en Parra (2003),
la salud no solo es la ausencia de enfermedad, sino una condición de completo
bienestar tanto físico como mental y social la cual siempre se encuentra en
condiciones de ser mejorada, además, se
trata de de una de los derechos principales de la humanidad, así, se considera
que el trabajo representa una fuente de salud pues por medio de éste se
obtienen los servicios necesarios para conservarla además, la actividad laboral
promueve el contacto social y la ocupación mental, sin embargo, una trabajo
realizado en condiciones de riesgo o inadecuadas puede ocasionar también la
pérdida de la misma. Sin embargo, implementar dichas políticas en el ámbito
laboral, requiere llevar a cabo una nueva organización con elementos tales como
la implementación y ejecución de políticas como la higiene laboral o higiene en
el trabajo, como la definen algunos autores como Chiavenato (2009), éste la
precisa como aquel grupo de políticas y acciones orientadas hacia el resguardo
de la salud tanto física como mental del empleado, así como la conservación de
la misma, en dichas políticas, se encuentran factores de riesgo que son
inmanentes a las mismas tareas, y al ambiente físico, por lo que este autor
considera las variables de ser humano y ambiente de trabajo.
Para
Chiaventato (2009) la higiene en el trabajo debe considerar elementos tales
como servicios médicos, exámenes médicos de entrada, identificación y
eliminación de aquellos aspectos insanos, una supervisión en términos de salud
e higiene y prevención de riesgos, entre otras tantas consideraciones que se
deben tomar en cuenta al realizar un plan orientado hacia la higiene en el
trabajo. Tales acciones requieren, además de un plan, una guía que permita
identificar de manera objetiva y metódica aquellos factores de riesgo en las
áreas laborales, por lo que las instancias involucradas en la actividad en
ambientes laborales, se han dado a la tarea de facilitar dicha identificación a
través de las propuestas de ley que se promueven en la cámara de diputados y
senadores, dichas propuestas son
elevadas al rango de obligaciones y puedan ser implementadas y vigiladas por la
Secretaría de Trabajo y Previsión Social, tal es el caso de las Normas
Oficiales Mexicanas, especialmente las emitidas en el aspecto de seguridad y
salud en el trabajo, éstas ofrecen la requerida guía en aspectos como; las
condiciones ambientales en áreas de trabajo, las características de
iluminación, los niveles de ruido , factores de riesgo físico, presentes en las
características de las infraestructuras hechas para las actividades laborales,
para este fin también es posible elaborar las listas de comprobación o check
list que brindan orientación a la hora de identificar los factores de riesgo
laborales
Los
ambientes laborales presentan diferentes riesgos por lo que las medidas que se
tomen siempre deberán ser de carácter preventivo, Parra (2003), identifica
diversos factores de riesgo tales como; los materiales que se encuentran
relacionados con las mismas instalaciones y áreas de trabajo; los componentes
sociales, que se encuentran inherentes a los seres humanos, además hace énfasis
en aquellos elementos que se derivan directamente de la organización laboral y
las relaciones tales como; las jornadas largas, más allá de ocho horas las que
provocarían fatiga y mayor probabilidad de accidentes.
Chiaventato
(2009), precisa que, la seguridad laboral se trata de una responsabilidad de
línea y una función de staff, en la que el departamento de seguridad tiene
libertad de acceso a los diferentes niveles y áreas, con ello brinda
orientación y supervisión sobre aquellos elementos de seguridad, mientras que
las diferentes áreas asumen sus responsabilidades como la exigencia del
cumplimiento de las medidas adoptadas, la corrección de las condiciones motivo
de recomendación, dicha responsabilidad se debe presentar en todos los niveles,
como la administración, la gerencia, la supervisión y los mismos trabajadores,
éstos últimos informando sobre las condiciones de riesgo detectadas, es decir,
se trata de un trabajo conjunto. Chiavenato (2009), menciona la necesidad de
adoptar las citadas medidas ya que con ello se pueden evitar diferentes tipos
de pérdidas, ya sean humanas, económicas, de productividad, aumento de la prima
de riesgo, entre otras.
Referencias
Chiavenato, I. (2000) Administración
de Recursos Humanos (5ª Ed.). Colombia Mc. Graw Hill
Chiavenato, I. (2009) Administración
de Recursos Humanos (9ª Ed. ). México. McGraw Hill
Mertens, L. Falcón, M. (S. A) Salud y Seguridad en el Trabajo y el papel de la formación en México.
(S. L.) Series CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe)
Organización Internacional del Trabajo (2009) Seguridad y Salud en el Trabajo: Conferencia
Internacional del Trabajo. Ginebra. Impreso por la Oficina Internacional
del Trabajo
Parra, M. (2003) Conceptos
Básicos en Salud Laboral. Santiago de Chile. Oficina Internacional del
Trabajo
Videos de las Normas Oficiales Mexicanas
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